Derechos y deberes del paciente

Derechos de los usuarios

-Elegir libremente al médico y en general a los profesionales de la salud, como también a las instituciones de salud que les presten la atención requerida.

-Disfrutar de una comunicación plena, clara con el médico, apropiada a sus condiciones psicológicas y culturares, que le permitan obtener toda la información necesaria respecto a la enfermedad que padece.

-Recibir un trato digno respetando sus creencias y costumbres, así como las opiniones personales sobre la enfermedad que padece.

-Que todos los informes de la historia clínica sean tratados de manera confidencial y secreta (Ley 23 de 1981 y Resolución 1995 de 1999).

-Que se le preste durante todo el proceso de la enfermedad, la mejor asistencia médica posible.

-Revisar y recibir explicaciones acerca de los costos por los servicios obtenidos.

-Recibir o rehusar apoyo espiritual o moral cualquiera que sea el culto religioso que profesa.

-Que se le respeten la voluntad de participar o no en investigaciones realizadas por personal científico certificado.

-Que se le respete la voluntad de aceptar a rehusar la donación de sus órganos para que éstos sean trasplantados a otros enfermos.

-Morir con dignidad.

Estos derechos se ejercen sin restricciones por motivos de raza, sexo, edad, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier índole, origen social, posición económica o condición social.

Deberes de los usuarios

-Cuidar integralmente su salud y seguir la recomendación de su médico tratante.

-Afiliarse al sistema de seguridad social.

-Informar al personal médico de manera veraz, clara y completa su estado de salud.

-Cumplir con las normas de la clínica, hacer uso adecuado de sus recursos y seguir las recomendaciones de su médico tratante.

-Brindar un trato digno y humano al personal que lo atiende y respetar la intimidad de los demás usuarios.

-Contribuir al cuidado del medio ambiente y cumplir con la adecuada clasificación de los residuos sólidos y hospitalarios.

-Adoptar las medidas de seguridad según lineamientos dados por el personal médico-asistencial que lo atiende.

-Cancelar oportunamente y/o facilitar el pago de los servicios y cuotas de recuperación establecidas por la normatividad vigente.

Fuente: Resolución 13437 de 1991. Derechos y Deberes.